Subvenciones directas a academias sin concurso público
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES · BOE-A-2026-14335
El real decreto regula la concesión directa de subvenciones al Instituto de España y a las Reales Academias sin convocatoria pública, basándose en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 67 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Se justifica por razones de interés público excepcional, sin que el texto especifique importes ni número de entidades beneficiarias.
¿Qué establece?
Este real decreto permite al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades conceder subvenciones de forma directa al Instituto de España y a las Reales Academias de ámbito nacional, sin necesidad de abrir una convocatoria pública. La norma se ampara en la excepción contemplada en la Ley General de Subvenciones para casos de interés público excepcional que dificulten la concurrencia. El texto no detalla los importes ni los plazos de las ayudas.
¿A quién afecta?
Afecta directamente al Instituto de España y a las Reales Academias de ámbito nacional, que son los únicos posibles beneficiarios. De forma indirecta, afecta a los ciudadanos y al resto de entidades que podrían optar a subvenciones en condiciones de libre concurrencia, ya que quedan excluidas de este proceso al no haber convocatoria pública.
Fechas importantes
El real decreto está fechado el 30 de junio de 2026. Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto no especifica plazos adicionales ni fechas límite para la concesión de las subvenciones.
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