Nuevas reglas para ONG colaboradoras con el Estado
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030 · BOE-A-2026-15460
El Real Decreto 592/2026, de 15 de julio, regula el régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado. Se basa en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, y el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio.
¿Qué establece?
Este real decreto concreta el procedimiento para el reconocimiento como entidades del Tercer Sector colaboradoras de la Administración General del Estado, así como los derechos y obligaciones que dicho reconocimiento conlleva. Se desarrolla lo previsto en el artículo 4.3 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, que remite a un desarrollo reglamentario.
¿A quién afecta?
Afecta a las entidades del Tercer Sector de Acción Social, definidas como organizaciones privadas sin ánimo de lucro que trabajan con personas y grupos en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social. Indirectamente, beneficia a los ciudadanos que reciben servicios de estas entidades, como ayudas alimentarias, atención a mayores o programas de empleo.
Fechas importantes
El real decreto se dicta el 15 de julio de 2026. El texto no especifica su fecha de entrada en vigor, pero las normas que cita (Ley 43/2015, de 9 de octubre, y Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio) ya están en vigor.
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