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Planes de prevención de accidentes laborales 2027

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES · BOE-A-2026-15577

Resumen ejecutivo

Esta resolución establece la planificación de actividades preventivas de la Seguridad Social para el año 2027, que las mutuas colaboradoras deben ejecutar. Fija que destinen el 0,7 por ciento de los ingresos por cuotas de contingencias profesionales a estas actividades, según lo dispuesto en la Resolución de 29 de junio de 2026.

¿Qué establece?

La resolución organiza las actividades preventivas que las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social desarrollarán durante 2027, con arreglo al Real Decreto 860/2018, de 13 de julio. Además, concreta los criterios y prioridades para la ejecución de estas actividades, orientadas preferentemente a las pequeñas empresas, y racionaliza el destino de los recursos económicos, cuyo importe se fija en el 0,7 por ciento de los ingresos por cuotas de contingencias profesionales, según la Resolución de 29 de junio de 2026.

¿A quién afecta?

Afecta principalmente a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que deben planificar y ejecutar las actividades preventivas. También afecta a las empresas y trabajadores, especialmente a los de pequeñas empresas, al mejorar la seguridad laboral mediante la prevención de riesgos.

Fechas importantes

La resolución se publica el 7 de julio de 2026 y establece la planificación para el año 2027. No se especifica una fecha de entrada en vigor distinta de su publicación, y las actividades se desarrollarán durante el ejercicio 2027.

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Fuente: BOE-A-2026-15577 · BOE viernes, 17 de julio de 2026 · Análisis generado por IA · datasector.io