Acuerdo para sede de la Corte Permanente de Arbitraje
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN · BOE-A-2026-15667
El acuerdo establece la sede de la Corte Permanente de Arbitraje en Madrid, sin que el texto especifique importes económicos ni plazos concretos. España se compromete a proporcionar oficinas y sufragar gastos básicos de funcionamiento, pero el documento no detalla cantidades.
¿Qué establece?
El acuerdo, hecho en Madrid el 6 de julio de 2026, permite la instalación de una oficina permanente de la Corte Permanente de Arbitraje en España. España se obliga a ceder locales y a cubrir los gastos de servicios y mantenimiento, aunque el texto no menciona importes específicos ni la duración del compromiso.
¿A quién afecta?
Afecta principalmente a las arcas públicas españolas, al asumir gastos no detallados, y a la comunidad jurídica internacional que pueda usar los servicios de arbitraje en Madrid. No se menciona un impacto directo sobre ciudadanos particulares.
Fechas importantes
El acuerdo se firmó el 6 de julio de 2026 y su aplicación provisional comienza desde esa fecha, según su propio texto. No se indica un plazo de vigencia concreto ni fecha de término.
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