Agosto inhábil para oposiciones de Agricultura
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · BOE-A-2026-15887
La Resolución de 13 de julio de 2026 declara inhábil el mes de agosto de 2026 para el cómputo de plazos en cuatro procesos selectivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Los plazos de recurso son de un mes (reposición) o dos meses (contencioso-administrativo) desde su publicación.
¿Qué establece?
Esta resolución, emitida por la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con fecha 13 de julio de 2026, declara inhábil el mes de agosto de 2026 a efectos del cómputo de plazos en determinadas pruebas selectivas. La medida se adopta ante las dificultades que supone cumplir los plazos durante ese mes, y se aplica a los procesos de los cuerpos de Ingenieros Agrónomos, Nacional Veterinario, Escala de Técnicos Facultativos Superiores y los grupos profesionales M3 y M1 del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
¿A quién afecta?
Afecta a los opositores y participantes en las pruebas selectivas de los siguientes cuerpos convocados por el Ministerio: Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado (convocado por Resolución de 10 de diciembre de 2025), Cuerpo Nacional Veterinario (convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2025), Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio (convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2025) y los grupos profesionales M3 y M1 del IV Convenio Único (convocado por Resolución de 6 de julio de 2026). Durante agosto de 2026, los plazos administrativos no correrán para estos procesos, alargando el tiempo para presentar documentación o realizar trámites.
Fechas importantes
La resolución se publica el 13 de julio de 2026 y declara inhábil el mes de agosto de 2026. Los plazos para recurrir son de un mes (recurso potestativo de reposición ante la Subsecretaría) o dos meses (recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid), ambos contados desde la fecha de publicación de esta resolución.
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