Corrige errores en concurso de traslados judiciales
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-15946
La Orden PJC/739/2026 modifica la Orden PJC/427/2026 para excluir a tres funcionarios de un concurso de traslados por no cumplir el requisito de dos años desde su último destino definitivo. Los afectados deben cesar en 3 días hábiles y tomar posesión en 3, 8 o 20 días hábiles según el caso, y contra la orden cabe recurso de reposición en 1 mes o contencioso-administrativo en 2 meses.
¿Qué establece?
La orden corrige la adjudicación de destinos en el concurso de traslados ordinario, excluyendo a tres funcionarios que no cumplían el requisito de la Base Segunda, punto 2, de la convocatoria (artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre): no había transcurrido un período de dos años desde su último destino definitivo. Los puestos se readjudican a los siguientes aspirantes con mayor puntuación, y los excluidos deben volver a su destino de origen.
¿A quién afecta?
Afecta exclusivamente a los tres funcionarios mencionados: doña M.ª Soledad López Bernabé (Tramitación Procesal y Administrativa, destino en Hellín, vuelve a Cuenca), don José Luis Rodríguez García (Tramitación Procesal y Administrativa, destino en Bilbao, vuelve a Durango) y doña Raquel Martínez Torres (Auxilio Judicial, destino en Madrid, vuelve a Navalcarnero). No afecta al ciudadano común.
Fechas importantes
La orden se dicta el 14 de julio de 2026 y entra en vigor el mismo día. Los funcionarios excluidos deben cesar en su destino adjudicado en el plazo de 3 días hábiles y tomar posesión del destino de origen en 3 días hábiles (misma localidad), 8 días hábiles (distinta localidad pero misma Comunidad Autónoma) o 20 días hábiles (distinta Comunidad Autónoma). Contra la orden cabe recurso de reposición en el plazo de 1 mes o recurso contencioso-administrativo en 2 meses.
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