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Jubilación forzosa de un juez por edad

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · BOE-A-2026-3296

Resumen ejecutivo

El Consejo General del Poder Judicial declara la jubilación forzosa del Magistrado César Tejedor Freijo por cumplir la edad legal de jubilación. La jubilación entra en vigor el 13 de febrero de 2026, momento en el cual cesará en su cargo en el Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid.

¿Qué establece?

Este documento es una resolución oficial que declara la jubilación obligatoria de un juez de Primera Instancia. La jubilación forzosa por edad es un procedimiento legal establecido en las leyes españolas que obliga a los magistrados a retirarse cuando cumplen la edad legalmente establecida. El magistrado recibirá una pensión (derechos pasivos) del Estado según lo que corresponda por sus años de servicio. Esta resolución se basa en la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985 y en la normativa de Clases Pasivas del Estado.

¿A quién afecta?

Directamente afecta al Magistrado César Tejedor Freijo, quien deja de ejercer funciones judiciales. Indirectamente afecta a los ciudadanos de Madrid que tenían asuntos en el Juzgado de Primera Instancia número 35, ya que habrá un cambio en la persona que dirige ese juzgado. Los procesos judicales en tramitación serán transferidos a otro magistrado designado por el Consejo General del Poder Judicial.

Fechas importantes

La resolución se adopta el 23 de diciembre de 2025. La jubilación produce efectos a partir del 13 de febrero de 2026, fecha en la cual el magistrado cumple la edad legal de jubilación y cesa definitivamente en su cargo. Esta es la fecha exacta en que la jubilación entra en vigor y el magistrado deja de ejercer sus funciones.

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Fuente: BOE-A-2026-3296 · BOE viernes, 13 de febrero de 2026 · Análisis generado por IA · datasector.io