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Bloquean alquiler turístico por prohibición en estatutos de comunidad
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4158
Resumen
Un tribunal administrativo confirma que no se puede registrar un apartamento para alquiler turístico si los estatutos de la comunidad de propietarios lo prohíben explícitamente. La registradora de Almería rechazó el registro por esta razón.
Si tu comunidad prohíbe alquileres turísticos en los estatutos, no puedes registrar legalmente tu piso para Airbnb o similar, aunque lo intentés ante un tribunal.
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Fuente: BOE-A-2026-4158 · BOE lunes, 23 de febrero de 2026 · Análisis generado por IA · datasector.io