Rechazo de depósito de cuentas en el Registro Mercantil
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4625
El Registro Mercantil de Madrid rechazó el depósito de cuentas de 2023 de Velux Tecnologías SL porque la empresa tiene el CIF revocado por la Agencia Tributaria. Este recurso resuelve si ese rechazo fue legal.
¿Qué establece?
Esta resolución judicial examina si el Registro Mercantil actuó correctamente al denegar el depósito de cuentas anuales de una sociedad limitada. El motivo del rechazo fue que la empresa figura en los registros tributarios con CIF revocado, según comunicación de la Agencia Tributaria. La norma que impide el depósito es el apartado cuarto de la disposición adicional sexta de la Ley General Tributaria (modificada en 2015 y 2021), que prohibe expresamente depositar cuentas cuando hay revocación de CIF.
¿A quién afecta?
Esta decisión afecta únicamente a Velux Tecnologías SL, una sociedad de responsabilidad limitada con domicilio en Madrid. No tiene efecto en otras empresas ni genera jurisprudencia vinculante. Cualquier otra empresa en situación similar recibiría el mismo trato registral basado en la ley.
Fechas importantes
La documentación se presentó el 3 de junio de 2025 (asiento registral 33389/2025). El Registro emitió la nota de rechazo tras examinar los documentos. La resolución administrativa se dicta el 7 de noviembre de 2025. Las normas aplicables datan de 2003 (Ley General Tributaria original), con modificaciones de 2015 y 2021.
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