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Nueva protección de praderas marinas en el Mediterráneo

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · BOE-A-2026-5877

Resumen ejecutivo

El Real Decreto 191/2026 establece zonas de protección obligatoria para las praderas de posidonia y otras plantas marinas en todo el litoral mediterráneo español. Aplica restricciones permanentes al fondeo, pesca de arrastre y actividades recreativas en áreas identificadas como hábitats prioritarios. Desarrolla el Reglamento europeo 2024/1991 para recuperar estos ecosistemas que almacenan CO2 y protegen costas.

¿Qué establece esta norma?

Este decreto protege las praderas de plantas marinas (principalmente posidonia oceánica) en el Mediterráneo español mediante zonas de exclusión para actividades dañinas. Prohíbe el fondeo de embarcaciones, la pesca de arrastre y el buceo sin autorización en áreas delimitadas cartográficamente. Obliga a instalar boyas de amarre ecológicas en puertos deportivos y zonas turísticas costeras para evitar anclas sobre las praderas.

¿A quién afecta?

Impacta directamente a pescadores profesionales que deberán evitar rutas de arrastre tradicionales, propietarios de embarcaciones recreativas que no podrán fondear libremente en calas protegidas, y empresas de buceo que necesitarán permisos específicos. También afecta a ayuntamientos costeros del Mediterráneo que deberán instalar infraestructura de amarre alternativa y vigilar el cumplimiento en playas y puertos bajo su jurisdicción.

¿Qué cambia exactamente?

Se delimitan zonas de exclusión total en praderas prioritarias con densidad superior a 400 haces de posidonia por metro cuadrado. Los puertos deportivos tienen 24 meses para sustituir fondeos tradicionales por sistemas de amarre sin contacto con el fondo marino. Las embarcaciones de más de 8 metros quedan prohibidas de fondear en praderas identificadas, con multas desde 3.001 hasta 200.000 euros según daño causado.

Fechas y plazos importantes

El decreto entra en vigor el 1 de abril de 2026, 20 días después de su publicación. Los ayuntamientos costeros tienen hasta el 1 de octubre de 2026 para presentar cartografía actualizada de praderas en su litoral. Las infraestructuras de amarre alternativo deben instalarse antes del 1 de abril de 2028. Las restricciones de navegación y fondeo son efectivas inmediatamente tras la delimitación oficial de cada zona protegida.

Lo que no dice el titular

El decreto incluye ayudas económicas hasta 2028 para pescadores y empresas náuticas afectadas por pérdida de zonas de trabajo, con compensaciones del 60% de ingresos medios. Prevé sanciones reducidas del 50% si el daño es reparado voluntariamente en 30 días. También establece un sistema de vigilancia por satélite y drones para detectar infracciones, gestionado por comunidades autónomas con coordinación del Ministerio de Transición Ecológica.

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Fuente: BOE-A-2026-5877 · BOE viernes, 13 de marzo de 2026 · Análisis generado por IA · datasector.io