Suben salarios en empresas de consultoría e informática
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · BOE-A-2026-9024
Se actualizan los salarios del convenio colectivo de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado, alineándolos con el nuevo salario mínimo interprofesional de 2026 (fijado por Real Decreto 126/2026 de 18 de febrero). El acta fue aprobada el 23 de marzo de 2026 por la comisión paritaria que representa tanto a empresas como a trabajadores del sector.
¿Qué establece?
Esta resolución ordena la inscripción oficial de un acta de actualización de las tablas salariales del XIX Convenio colectivo estatal de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado. El acta fue acordada por la comisión paritaria (órgano con representantes de empresas y trabajadores) y actualiza los salarios mínimos del convenio como consecuencia obligatoria de la publicación del nuevo salario mínimo interprofesional para 2026. La resolución ordena registrar este acta en el Registro oficial de convenios colectivos y publicarla en el Boletín Oficial del Estado para que sea vinculante.
¿A quién afecta?
Afecta a todos los trabajadores empleados en empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de opinión pública que estén sujetos al XIX Convenio colectivo estatal. Las empresas afectadas están representadas por la Asociación Española de Empresas de Consultoría (AEC) y la Asociación Nacional para la Investigación de Marketing, Económico y Social (ANIMES). Los trabajadores están representados por la Federación Estatal de Servicios de Comisiones Obreras (CC.OO.-Servicios) y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FeSMC-UGT).
Fechas importantes
El acta de actualización se firmó el 23 de marzo de 2026. Se publica en el Boletín Oficial del Estado el 16 de abril de 2026 (fecha de esta resolución BOE-A-2026-9024). La actualización de salarios se basa en el Real Decreto 126/2026 de 18 de febrero que fijó el salario mínimo interprofesional para 2026. Una vez publicada en el BOE, la actualización salarial entra en vigor para todos los trabajadores comprendidos en este convenio.
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