Nuevas reglas para certificar variedades de plantas
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · BOE-A-2026-12697
La Orden APA/584/2026 modifica los anexos I y VII del Reglamento general del registro de variedades comerciales para incorporar la Directiva de Ejecución (UE) 2025/2449. La modificación debe ser efectiva el 1 de julio de 2026.
¿Qué establece?
La orden actualiza los protocolos de examen para la distinción, homogeneidad y estabilidad de variedades de nabo, col forrajera, arroz, grupo col rizada, grupo col negra, grupo berza, col de China, tomate y espinaca. Para ello, modifica el apartado 6 del anexo I y los apartados 1 y 5 del anexo VII del Reglamento aprobado por el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.
¿A quién afecta?
Afecta principalmente a agricultores, empresas de semillas y obtentores vegetales que solicitan la inscripción de nuevas variedades en el registro de variedades comerciales, así como a los laboratorios y entidades encargadas de realizar los exámenes oficiales.
Fechas importantes
La orden entra en vigor el 1 de julio de 2026. La directiva europea que se transpone fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 5 de diciembre de 2025.
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