Bases cotización minería carbón 2026: lo que debes saber
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES · BOE-A-2026-15379
Bases cotización Seguridad Social 2026 autónomos especiales impacto directo.
Nuestra IA ha señalado este documento porque introduce cambios que no siempre se reflejan en el título. No es irregular —es una publicación oficial válida— pero creemos que merece la pena leerlo con atención. Cómo lo señalamos →
La Orden ISM/727/2026, de 13 de julio, determina las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para los trabajadores del Régimen Especial de la Minería del Carbón en el ejercicio 2026. Se mantienen las normas de la Ley 31/2022 prorrogada, con actualizaciones del Real Decreto-ley 3/2026.
⚠️ Por qué puede ser letra pequeña
Esta orden técnica pasa desapercibida, pero fija cuánto cotizan los mineros del carbón y sus empresas. Al basarse en presupuestos prorrogados y en datos de siniestralidad de 2025, puede esconder subidas de bases sin debate público. El lector debe vigilar si su base normalizada concreta cambia respecto a 2025 y exigir transparencia en el cálculo. Además, al afectar solo a un colectivo reducido, su impacto real suele ignorarse.
¿Qué establece esta norma?
La Orden ISM/727/2026 fija las bases normalizadas de cotización por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón durante el año 2026. Para ello, mantiene la vigencia del artículo 122.nueve de la prorrogada Ley 31/2022, de 23 de diciembre, y aplica el procedimiento descrito en dicha norma, teniendo en cuenta las bases de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, con las especialidades del artículo 57 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.
¿A quién afecta?
Afecta exclusivamente a los trabajadores por cuenta ajena y a las empresas encuadradas en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón. No aplica a otros regímenes ni a autónomos en general.
¿Qué cambia exactamente?
La orden actualiza las bases normalizadas de cotización para 2026, pero el documento no detalla las cifras concretas de cada base. Se limita a remitir al procedimiento de cálculo establecido en la normativa prorrogada (Ley 31/2022) y a utilizar los datos de siniestralidad del año 2025. Por tanto, el cambio práctico es la aplicación de nuevas cuantías que dependerán de esos datos, pero la orden no las publica explícitamente.
Fechas y plazos importantes
La orden se publica el 13 de julio de 2026 y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Sin embargo, sus efectos se retrotraen al 1 de enero de 2026, dado que fija las bases para todo el ejercicio.
Lo que no dice el titular
No dice que estas bases se calculan con los datos de siniestralidad de 2025, lo que puede incrementar la cotización si ha habido más accidentes. Tampoco menciona que el Gobierno ha prorrogado los presupuestos de 2023, lo que puede generar inseguridad jurídica al aplicar normas pensadas para otro contexto económico. Además, la orden no incluye un anexo con las bases numéricas, por lo que el afectado debe acudir a otras normas para conocer su base exacta.
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