Nuevas reglas de igualdad en empresas de transporte
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · BOE-A-2026-15644
El 26 de julio de 2026 se suscribió el acuerdo parcial que modifica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera, publicado originalmente el 29 de marzo de 2012, para aprobar medidas de igualdad y no discriminación de personas LGTBI. La Resolución de la Dirección General de Trabajo del 7 de julio de 2026 ordena su inscripción y publicación en el BOE.
¿Qué establece?
El acuerdo aprueba un protocolo y medidas planificadas para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el sector del transporte de mercancías por carretera. Las empresas y trabajadores deberán aplicar estas disposiciones en el ámbito laboral.
¿A quién afecta?
Afecta a las empresas representadas por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) y la Confederación Española de Operadores del Transporte (CEOT), así como a las personas trabajadoras del sector representadas por los sindicatos CC.OO. y UGT. En concreto, a quienes se rigen por el II Acuerdo general, con código de convenio 99012735011900.
Fechas importantes
La resolución se dictó el 7 de julio de 2026. El acuerdo fue suscrito el 26 de julio de 2026, y la reunión de la comisión negociadora se celebró el 1 de julio de 2026. La publicación en el BOE se ordena en la misma resolución, pero no se indica una fecha concreta de entrada en vigor.
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