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Normas de reparto de casos en TSJ Madrid

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · BOE-A-2026-15995

Executive summary

El Acuerdo de 20 de abril de 2026 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, publicado el 9 de junio de 2026, actualiza las normas de reparto de la Sala Civil y Penal. Establece que el 70% de los asuntos se asignarán a la Sección de Apelación y el 30% a la Sección Primera, según la terminación numérica del registro.

¿Qué establece?

El Acuerdo actualiza las normas de reparto de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Los asuntos se registrarán por riguroso orden de entrada, asignando un número correlativo seguido del año. Se clasifican en asuntos penales y civiles, y dentro de estos últimos se distinguen varios tipos con códigos específicos (ej., recurso de queja, demanda de responsabilidad civil, arbitraje). El reparto entre magistrados se realiza separando los órdenes civil y penal, y se distribuyen los asuntos entre dos secciones: el 70% para la Sección de Apelación (apelaciones contra autos y sentencias de juzgados de lo penal) y el 30% para la Sección Primera (recursos de apelación en procedimientos abreviados y demás asuntos), en función del último dígito del número de registro.

¿A quién afecta?

Afecta principalmente a los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ya que regula el reparto interno de trabajo. No tiene un impacto directo en los ciudadanos, pues no modifica derechos, plazos ni procedimientos judiciales para los litigantes.

Fechas importantes

El acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se adoptó el 20 de abril de 2026. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial tomó conocimiento el 9 de junio de 2026 y ordenó su publicación. El documento no especifica una fecha de entrada en vigor, por lo que se entiende que las normas se aplican desde dicha publicación.

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Source: BOE-A-2026-15995 · BOE miércoles, 22 de julio de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io