Ayudas coches eléctricos: Real Decreto 609/2026, claves del Programa Auto+
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO · BOE-A-2026-16010
Ayudas directas vehículos eléctricos: ¿qué criterios? ¿quién accede realmente?
Nuestra IA ha señalado este documento porque introduce cambios que no siempre se reflejan en el título. No es irregular —es una publicación oficial válida— pero creemos que merece la pena leerlo con atención. Cómo lo señalamos →
El Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, crea el Programa Auto+ de ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados, sustituyendo al anterior MOVES III. El texto legal publicado no especifica las cuantías ni condiciones concretas de las ayudas.
⚠️ Por qué puede ser letra pequeña
Este Real Decreto anuncia la creación de un programa de ayudas para coches eléctricos, pero el texto que se ha publicado no incluye los criterios concretos para acceder a ellas: no se detalla qué importes se concederán, qué tipos de vehículos son subvencionables, ni qué requisitos deben cumplir los solicitantes (renta, achatarramiento, etc.). La ausencia de estos detalles puede ocultar condiciones restrictivas que limiten el número real de beneficiarios o que excluyan a determinados grupos de ciudadanos o empresas. Por tanto, el lector debe estar alerta: la ayuda puede no ser tan accesible como parece si en desarrollos posteriores o en la letra pequeña del programa se exigen requisitos difíciles de cumplir.
¿Qué establece esta norma?
El Real Decreto 609/2026, aprobado el 22 de julio de 2026, crea el Programa Auto+ de concesión directa de ayudas para la compra de vehículos eléctricos y electrificados. Se enmarca en la estrategia europea de descarbonización del transporte por carretera, mencionando los Reglamentos (UE) 2019/631 y (UE) 2023/851 sobre emisiones de CO₂, así como el paquete Automotive Package de diciembre de 2025. El programa sustituye al anterior MOVES III (2019-2025) y busca acelerar la electrificación del parque automovilístico español. No obstante, en este extracto del BOE no se detallan las cuantías ni las condiciones específicas de las ayudas, que probablemente se concretarán en desarrollos reglamentarios posteriores o en la convocatoria.
¿A quién afecta?
Afecta a todos los ciudadanos mayores de edad residentes en España que deseen adquirir un vehículo eléctrico o electrificado (turismos, furgonetas, motocicletas, etc.) y cumplan los requisitos que se establezcan. También afecta a autónomos y empresas que quieran renovar su flota hacia vehículos de cero emisiones. Además, impacta en el sector de la automoción (fabricantes, concesionarios, puntos de venta) y en las administraciones públicas encargadas de gestionar las ayudas.
¿Qué cambia exactamente?
El cambio principal es la creación de un nuevo programa de ayudas, el Programa Auto+, que sustituye al MOVES III. El texto legal no especifica las cuantías ni los plazos de solicitud, por lo que no se puede detallar el cambio exacto en términos económicos o de condiciones. Solo se sabe que la ayuda será directa (sin necesidad de concurrencia competitiva) y que se dirige a vehículos eléctricos y electrificados. El resto de condiciones (importe, requisitos del vehículo, achatarramiento, límite de renta, etc.) quedarán definidos en desarrollos normativos posteriores o en la orden de bases.
Fechas y plazos importantes
El Real Decreto 609/2026 se aprueba el 22 de julio de 2026. Su entrada en vigor se producirá conforme a lo dispuesto en su disposición final, que no se incluye en este extracto. Normalmente, los reales decretos entran en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, salvo que se indique otro plazo. No se especifica la fecha límite para solicitar las ayudas ni la duración del programa, por lo que habrá que estar atentos a la convocatoria oficial.
Lo que no dice el titular
El titular del Real Decreto anuncia ayudas a la compra de vehículos eléctricos, pero no dice que el texto publicado carece de las cifras concretas de las ayudas ni de los requisitos para acceder a ellas. Tampoco menciona que sustituye al MOVES III, programa que sí tenía detalles específicos. Además, no advierte de que puede haber condiciones como el achatarramiento de un vehículo antiguo, límites de precio del coche o restricciones por nivel de renta, que no aparecen en este extracto pero que podrían incluirse en la regulación futura.
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