Ordenanza para control de tráfico marítimo en Ría de Pontevedra
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE · BOE-A-2026-16148
La Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, publica la Ordenanza portuaria para el control del tráfico marítimo en la Ría de Pontevedra, aprobada por el Consejo de Administración el 30 de abril de 2026. La ordenanza se dicta en desarrollo del artículo 295.4 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
¿Qué establece?
Establece una ordenanza que regula el control del tráfico marítimo en la Ría de Pontevedra, incluyendo procedimientos de entrada, navegación, fondeo y salida de buques, así como normas para eventos en aguas de la ría. La ordenanza se estructura en capítulos con artículos que detallan los puntos de recalada, información a notificar, autorizaciones, excepciones, y disposiciones para buques pesqueros, entre otros.
¿A quién afecta?
Afecta a todos los navegantes, capitanes de buques, armadores, pescadores y organizadores de eventos (procesiones, regatas, etc.) que utilicen las aguas de la Ría de Pontevedra, así como a la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra encargada de su aplicación.
Fechas importantes
La ordenanza fue aprobada por el Consejo de Administración el 30 de abril de 2026 y publicada en el BOE el 20 de mayo de 2026. El texto no especifica una fecha de entrada en vigor distinta a la de su publicación, por lo que se entiende que rige desde el día siguiente a su publicación en el BOE.
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