Ampliación de funciones de tráfico al País Vasco
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA · BOE-A-2026-16151
El Real Decreto 602/2026, de 15 de julio, amplía las funciones traspasadas al País Vasco por el Real Decreto 3256/1982, de 15 de octubre, en materia de ejecución de la legislación de tráfico y circulación de vehículos, para incluir la autorización de centros de reconocimiento psicofísico y centros de sensibilización y reeducación vial. El acuerdo fue adoptado por la Comisión Mixta el 22 de junio de 2026.
¿Qué establece?
Este real decreto amplía las competencias ejecutivas ya transferidas al País Vasco en materia de tráfico, añadiendo la autorización y control de los centros de reconocimiento psicofísico y los centros de sensibilización y reeducación vial. Se fundamenta en el artículo 17 del Estatuto de Autonomía del País Vasco (Ley Orgánica 3/1979) y en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que introdujo un anexo IX sobre estos centros en la Ley de Tráfico. Con esta ampliación, las referencias a la Jefatura Central de Tráfico y sus dependencias se entenderán hechas a los organismos equivalentes del País Vasco.
¿A quién afecta?
Afecta a los ciudadanos y conductores del País Vasco, así como a los centros de reconocimiento psicofísico y a los centros de sensibilización y reeducación vial ubicados en esa comunidad autónoma, que pasarán a ser autorizados y supervisados por la administración vasca en lugar de por la estatal.
Fechas importantes
El real decreto se aprueba el 15 de julio de 2026. La Comisión Mixta acordó la ampliación el 22 de junio de 2026. El texto no especifica una fecha de entrada en vigor distinta, por lo que generalmente entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
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