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👔 Empleo

Impugnan cláusulas sobre temporalidad en empleo público

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · BOE-A-2026-16545

Executive summary

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4688-2026 contra las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Las partes del procedimiento ordinario núm. 436-2022 disponen de 15 días desde la publicación en el BOE para personarse.

¿Qué establece?

La providencia del Pleno del Tribunal Constitucional, de fecha 21 de julio de 2026, acuerda admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4688-2026, planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. La cuestión se refiere a las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. El Tribunal se reserva el conocimiento del asunto. Quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 436-2022 pueden personarse dentro de los 15 días siguientes a la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado.

¿A quién afecta?

Afecta directamente únicamente a las personas que sean parte en el procedimiento ordinario núm. 436-2022, tramitado ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Para el resto de ciudadanos, es un paso procesal que no genera obligaciones o derechos inmediatos, aunque el resultado final podría tener impacto sobre la validez de las disposiciones legales impugnadas relativas a la temporalidad en el empleo público.

Fechas importantes

La providencia se dictó el 21 de julio de 2026. El plazo de 15 días para personarse ante el Tribunal Constitucional comienza a contar desde la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (publicación que aún no se ha producido en el texto aportado). No se especifica fecha de entrada en vigor ni otros plazos.

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Source: BOE-A-2026-16545 · BOE jueves, 30 de julio de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io