BOE HOYhoy· 124 disp.
💰Nuevo tramo IRPF para rentas >300.000€ desde julio🏠Prórroga de la limitación de subida de alquileres hasta dic 2026👔Convocatoria 12.000 plazas de empleo público en AGE⚠️Cambio en plazos de recursos contencioso-administrativos📋Nombramientos en el Tribunal Supremo y Audiencia Nacional💰Aprobado el techo de gasto para PGE 2027: 198.221 M€💰Nuevo tramo IRPF para rentas >300.000€ desde julio🏠Prórroga de la limitación de subida de alquileres hasta dic 2026👔Convocatoria 12.000 plazas de empleo público en AGE⚠️Cambio en plazos de recursos contencioso-administrativos📋Nombramientos en el Tribunal Supremo y Audiencia Nacional💰Aprobado el techo de gasto para PGE 2027: 198.221 M€
📄 Otros

Hacienda cancela NIFs de empresas fraudulentas

MINISTERIO DE HACIENDA · BOE-A-2026-3351

Executive summary

La Agencia Tributaria revoca los números de identificación fiscal (NIF) de 15 empresas por incumplimiento de obligaciones tributarias o fraude. Estas empresas pierden su legitimidad fiscal y no pueden operar legalmente desde la publicación de esta resolución.

¿Qué establece?

Este documento publica una lista oficial de 15 empresas cuyo NIF ha sido revocado por la Administración Tributaria. La revocación se fundamenta en la Ley General Tributaria, que permite cancelar identificadores fiscales cuando existe fraude o incumplimiento grave de obligaciones tributarias. Una vez revocado el NIF, la empresa no puede realizar operaciones mercantiles legales, emitir facturas válidas, ni cumplir obligaciones tributarias. Las revocaciones se formalizaron entre septiembre de 2025 y diciembre de 2025, y aparecen inscritas en los respectivos Registros Mercantiles donde estaban constituidas.

¿A quién afecta?

Afecta directamente a las 15 empresas listadas y sus accionistas o socios, que pierden la capacidad de operar legalmente. Impacta también a clientes, proveedores y acreedores de estas empresas, que no podrán continuar relaciones comerciales válidas con ellas. Para el ciudadano medio que no tenga vínculos comerciales con estas empresas, el impacto es nulo. Las empresas se distribuyen principalmente en registros mercantiles de Madrid, Barcelona, Sevilla y otras provincias.

Fechas importantes

La resolución se publica el 9 de febrero de 2026. Las revocaciones fueron acordadas entre el 10 de septiembre de 2025 (empresa más antigua) y el 22 de diciembre de 2025 (empresa más reciente). La efectividad de cada revocación es inmediata desde su acuerdo formal. No existen plazos adicionales: una vez revocado, el NIF no es válido para ninguna operación tributaria o mercantil.

Guarda este documento y recibe un análisis personalizado

Crea tu cuenta gratis para guardar documentos, recibir un briefing personalizado con lo que te afecta y consultar ~15M de registros oficiales en español.

→ Crear cuenta gratis→ Iniciar sesión

También puedes buscar en más de 90.000 documentos del BOE desde enero 2025.

From the same body · last weeks
📋Cese de un subdirector de Recaudación de Hacienda
📋La AEAT adjudica varios puestos de jefes de inspección
📄Aviso a interesados para personarse en un recurso contra Hacienda
📄Aviso para personarse en recurso contra impuestos
← Back to archive
View official document at BOE ↗
Source: BOE-A-2026-3351 · BOE viernes, 13 de febrero de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io