🏠 Vivienda
Prohibido alquilar tu piso turístico si hay restricción estatutaria
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-3773
Summary
Un juzgado confirma que no se puede registrar un alquiler turístico de corta duración en una vivienda cuyos estatutos de propiedad horizontal prohíben cambiar el destino de vivienda a otros usos comerciales.
Si tu piso está en una comunidad con esta cláusula estatutaria, no podrás registrarlo como alquiler vacacional turístico aunque quieras, aunque sea legal en tu municipio.
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Source: BOE-A-2026-3773 · BOE miércoles, 18 de febrero de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io