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Jubilación de un Magistrado por edad

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · BOE-A-2026-3912

Executive summary

El Consejo General del Poder Judicial declara la jubilación forzosa del Magistrado Juan Ignacio Medrano Sánchez de la Audiencia Provincial de Zaragoza. La jubilación entra en vigor el 20 de febrero de 2026, cuando cumple los 66 años de edad legal para el retiro.

¿Qué establece?

Este acuerdo formaliza la jubilación obligatoria de un magistrado por alcanzar la edad legalmente establecida para dejar de ejercer. La decisión se basa en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la normativa sobre clases pasivas del Estado. El magistrado recibirá los derechos pasivos (pensión) que le correspondan según su categoría y años de servicio. La jubilación es automática y no requiere solicitud del afectado cuando se cumple la edad legal.

¿A quién afecta?

Afecta directamente al Magistrado Juan Ignacio Medrano Sánchez, que dejará sus funciones en la Audiencia Provincial de Zaragoza. Indirectamente afecta a los justiciables que tenían procedimientos en esa sala, pues habrá un cambio de magistrado. La Administración de Justicia debe nombrar un sustituto para garantizar la continuidad de los juicios. Los ciudadanos sin relación con esa audiencia no tienen impacto directo.

Fechas importantes

Fecha de cumplimiento de edad legal: 20 de febrero de 2026. Fecha de entrada en vigor de la jubilación: 20 de febrero de 2026. Fecha de adopción del acuerdo: 25 de noviembre de 2025. No hay período de prórroga ni aplazamiento; la jubilación es efectiva automáticamente al cumplir la edad.

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Source: BOE-A-2026-3912 · BOE viernes, 20 de febrero de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io