Disputa sobre registro de propiedad por usucapión
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4612
Un juez homologó en diciembre de 2024 una transacción judicial que reconocía el derecho de usucapión (prescripción adquisitiva) sobre el 50% de una finca en San Martín de Valdeiglesias. El Registro de la Propiedad rechazó inscribir este auto en junio de 2025, y se ha presentado un recurso para revertir esa negativa.
¿Qué establece?
Esta resolución trata sobre un conflicto entre la decisión judicial y el Registro de la Propiedad. Un juzgado de Navalcarnero dictó un auto homologando una transacción judicial que reconocía que dos personas habían adquirido el 50% de una finca mediante usucapión (uso prolongado de la propiedad). Cuando los propietarios intentaron inscribir este reconocimiento en el Registro de la Propiedad, la registradora lo rechazó. Ahora la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública debe decidir si la registradora tenía razón al negarse o si debe permitirse la inscripción del auto judicial.
¿A quién afecta?
Afecta únicamente a las personas específicas implicadas en este litigio: la herencia yacente de A. A. V. y de Doña A. A. V. (demandados), y los demandantes F. y J. A. M. S. (representados por la abogada E. V. G.). Impacta exclusivamente sobre los derechos de propiedad de una finca concreta en San Martín de Valdeiglesias.
Fechas importantes
5 de diciembre de 2024: El juez dicta el auto homologando la transacción judicial. 13 de junio de 2025: Se presenta el testimonio del auto en el Registro de la Propiedad. 3 de noviembre de 2025: Fecha de la resolución por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. El Registro tiene 15 días hábiles para calificar documentos desde su presentación.
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