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Jubilación forzosa de notario valenciano

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-5617

Executive summary

Se declara la jubilación obligatoria del notario Eduardo Lluna Aparisi de Valencia al cumplir 72 años el 2 de abril de 2026. Esta es una tramitación administrativa de cese por edad, siguiendo la normativa legal que establece la jubilación forzosa a los 72 años para notarios.

¿Qué establece?

Este documento formaliza el cese en activo del notario Eduardo Lluna Aparisi por haber alcanzado la edad legal de jubilación obligatoria. Según la Ley 29/1983, modificada en 2021, los notarios deben jubilarse forzosamente al cumplir 72 años, aunque pueden solicitar una prórroga hasta esa edad máxima. En este caso, se había autorizado una prolongación del servicio activo que finaliza precisamente cuando se cumple los 72 años. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, basándose en sus facultades legales, ha acordado que el cese sea efectivo en esa fecha límite.

¿A quién afecta?

Afecta directamente al notario Eduardo Lluna Aparisi, quien cesará en su cargo. También puede afectar a ciudadanos y empresas que tuvieran trámites pendientes en la notaría de Valencia donde ejercía, ya que deberá haber un proceso de transferencia de documentos y expedientes a otro notario. La notaría deberá designar a su sucesor para continuar prestando servicios sin interrupción.

Fechas importantes

La fecha clave es el 2 de abril de 2026, cuando el notario cumple 72 años y produce su cese efectivo en el cargo. La resolución se publica el 2 de marzo de 2026, con un mes de anticipación, permitiendo que se organicen los trámites de transición de funciones en la notaría.

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Source: BOE-A-2026-5617 · BOE miércoles, 11 de marzo de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io