Designación de jueces en juntas electorales andaluzas
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · BOE-A-2026-6980
El Consejo General del Poder Judicial designa 24 jueces como vocales en las Juntas Electorales Provinciales de 8 provincias andaluzas (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla) para supervisar las elecciones al Parlamento de Andalucía. Además, nombra 24 jueces suplentes que asumirán el cargo si los titulares no pueden desempeñarlo.
¿Qué establece?
Este acuerdo designa magistrados de las Audiencias Provinciales como vocales de procedencia judicial en las Juntas Electorales Provinciales andaluzas. Los vocales designados son 3 jueces por cada provincia (24 en total), responsables de garantizar la legalidad en el desarrollo de las elecciones al Parlamento de Andalucía. Se nombran también vocales suplentes (3 por provincia) que asumirán el cargo si los designados no pueden ejercerlo por circunstancias sobrevenidas o si presentan renuncia aceptada por la presidencia de la junta electoral correspondiente. Este nombramiento se realiza conforme a la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
¿A quién afecta?
Afecta directamente a 24 magistrados designados como vocales titulares y 24 como suplentes. Afecta indirectamente a los ciudadanos andaluces que votarán en las elecciones al Parlamento de Andalucía, ya que estos jueces supervisan la legalidad del proceso electoral. Las administraciones electorales andaluzas también resultan afectadas por esta designación, que estructura la composición de sus órganos de control.
Fechas importantes
El acuerdo se aprobó el 25 de marzo de 2026. El documento no especifica una fecha de entrada en vigor, lo que significa que la designación es efectiva desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los jueces designados ejercerán sus funciones durante el proceso electoral al Parlamento de Andalucía, cuya fecha no aparece en el texto publicado.
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