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Se registra nueva fundación privada de Rafael Canogar

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-7772

Executive summary

Se inscribe oficialmente en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafael Canogar, constituida el 6 de noviembre de 2025 con una dotación inicial de 30.000 euros. La fundación tiene como objetivo conservar y difundir la obra artística de Rafael Canogar e impulsar el arte contemporáneo en España y otros países.

¿Qué establece?

Este documento formaliza el registro oficial de la Fundación Rafael Canogar como entidad privada sin ánimo de lucro. La fundación cuenta con una dotación inicial de 30.000 euros en dinero que ha sido pagada completamente. Su domicilio está en Madrid (calle Bernardino Obregón, 6, código postal 28012) y puede actuar en todo el territorio español e internacional. Los objetivos principales son custodiar, conservar, investigar y exhibir la obra artística, el archivo personal y la memoria de Rafael Canogar, así como promover el arte contemporáneo como parte del patrimonio cultural. La fundación está dirigida por Rafael Canogar como presidente, acompañado de cuatro miembros más en la junta directiva, todos ellos miembros de su familia (su hija Susana como vicepresidenta, sus hijos Roberto, Daniel Tomás y Diego Rafael en otros puestos).

¿A quién afecta?

Este trámite afecta principalmente a Rafael Canogar y su familia como fundadores y gestores de la fundación. De forma indirecta, afecta a cualquier persona interesada en el arte contemporáneo español, investigadores, estudiosos de la obra de Canogar y al público general que pueda acceder a las actividades y proyectos que desarrolle la fundación. No genera obligaciones nuevas para los ciudadanos en general.

Fechas importantes

La Fundación fue constituida formalmente el 6 de noviembre de 2025 ante notario. La presente resolución de inscripción registral es de 26 de febrero de 2026, lo que significa que a partir de esta fecha la fundación tiene existencia legal oficial y puede actuar como entidad jurídica independiente. No hay plazos adicionales que cumplir para los ciudadanos.

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Source: BOE-A-2026-7772 · BOE lunes, 6 de abril de 2026 · AI-generated analysis · datasector.io