Aprueban planta solar de 80 MW en Córdoba
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · BOE-A-2026-8203
Se aprueba la evaluación ambiental de una planta solar fotovoltaica de 80,3 MW en Cabra, Córdoba, que ocupará 366,92 hectáreas. El proyecto autorizado incluye análisis de impactos sobre el territorio, agua y fauna local, con condiciones específicas para su construcción y operación.
¿Qué establece?
Este documento es una declaración de impacto ambiental (DIA) que aprueba la construcción de una planta solar fotovoltaica en el municipio de Cabra. El proyecto incluye 154.680 módulos fotovoltaicos distribuidos en 3 zonas diferenciadas (norte, central y sur) con un perímetro vallado total de 42,3 km. La planta generará electricidad mediante inversores y centros de transformación, con infraestructura de evacuación incluida. La evaluación examina los posibles efectos sobre factores ambientales como suelo, agua, flora y fauna, así como la vulnerabilidad ante accidentes graves. No incluye regulaciones de seguridad laboral ni industrial, que tienen normativas separadas.
¿A quién afecta?
Afecta principalmente a ciudadanos y municipios de Cabra (Córdoba) que conviven con la nueva infraestructura de 366,92 hectáreas. La empresa promotora es Desarrollos Ibéricos Fotovoltaicos 51, SLU. Los impactos potenciales afectan a agricultores locales por cambios de uso del suelo, a la fauna silvestre y ecosistemas acuáticos de la zona, y a la población cercana por cambios en el paisaje. También afecta a usuarios de energía en la red, que recibirán generación renovable. Las administraciones locales y la Dirección General de Política Energética deben supervisar el cumplimiento de condiciones.
Fechas importantes
La solicitud de evaluación ambiental se presentó el 2 de julio de 2025. La resolución de impacto ambiental se firma el 27 de marzo de 2026. Este documento marca el inicio del proceso administrativo para que el proyecto pueda avanzar hacia su construcción, pero no especifica en el texto consultado fechas concretas para el inicio de las obras ni duración de la construcción. Los interesados disponen de plazos específicos para recurrir esta resolución según la normativa administrativa vigente (generalmente 3 meses desde su publicación en el BOE).
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