Cuota de peces que los barcos pueden tirar al mar en 2026
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · BOE-A-2026-9028
Esta resolución publica la lista de especies de peces que los barcos pesqueros españoles pueden descartar sin penalización durante 2026 bajo la excepción de 'minimis'. Es una excepción controlada a la obligación general de desembarcar todas las capturas.
¿Qué establece?
La Unión Europea obliga a los barcos pesqueros a desembarcar todas las capturas de peces. Sin embargo, existe una excepción llamada 'minimis' (en cantidades mínimas) que permite descartar algunas especies en situaciones específicas: cuando es muy difícil mejorar la selectividad de las redes o cuando manipular esas capturas resultaría muy costoso. Esta resolución española enumera exactamente qué especies pueden descartarse en 2026, en qué cantidades y en qué zonas de pesca. Las especies, cantidades y zonas fueron propuestas por grupos de científicos de diferentes países en 2023 y evaluadas por expertos técnicos europeos.
¿A quién afecta?
Afecta directamente a los armadores y marineros de barcos pesqueros profesionales españoles que faenan en aguas atlánticas occidentales y el Mediterráneo. Les permite descartar ciertas cantidades de especies no comerciales o indeseadas sin incurrir en sanciones. Indirectamente, afecta a la gestión de los recursos pesqueros españoles. Los consumidores de pescado no verán cambios directos en los mercados, ya que estas descargas corresponden a especies que típicamente no llegan al consumo.
Fechas importantes
La resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado el 21 de abril de 2026 y es aplicable durante todo el año 2026. Las excepciones de 'minimis' y sus cantidades rigen desde la fecha de entrada en vigor de esta resolución hasta el 31 de diciembre de 2026. Para 2027 o años posteriores, será necesaria una nueva resolución con nuevas especies y cantidades.
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