Crean grupo de trabajo sobre penosidad y género en jubilación
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-20513
Grupo trabajo género penosidad trabajo por edad. Reforma laboral/pensiones encubierta.
Nuestra IA ha señalado este documento porque introduce cambios que no siempre se reflejan en el título. No es irregular —es una publicación oficial válida— pero creemos que merece la pena leerlo con atención. Cómo lo señalamos →
La Orden PJC/1023/2026 crea un grupo de trabajo interministerial para estudiar la dimensión de género y la penosidad en el desempeño del trabajo por la edad, en el marco del procedimiento para decidir si procede aplicar coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación. El grupo se ampara en la disposición adicional primera del Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, y en los artículos 21.1.a) y 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
⚠️ Por qué puede ser letra pequeña
Esta orden no cambia por sí misma ninguna edad de jubilación ni reconoce coeficientes reductores a nadie. Pero crea un grupo de trabajo que estudiará la 'dimensión de género y la penosidad' en el trabajo según la edad, y que valorará si hay que modificar el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo. Es decir, prepara el terreno para futuros cambios en las reglas de jubilación anticipada de ciertos colectivos. Lo que se decida en ese grupo podría influir más adelante en quién puede jubilarse antes y en qué condiciones. Conviene vigilar si esas futuras decisiones amplían o restringen derechos, y si el grupo tiene en cuenta a los sectores realmente afectados.
¿Qué establece?
La orden crea un grupo de trabajo como órgano colegiado interministerial, en cumplimiento de la disposición adicional primera.1 del Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo. Su función es analizar y evaluar la dimensión de género en la fijación de coeficientes reductores de la edad de jubilación en aquellas ocupaciones o actividades profesionales con mayor presencia femenina. El grupo no tiene funciones decisorias y depende de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Debe estudiar las ocupaciones con penosidad sin altos índices de morbilidad o mortalidad en el plazo de seis meses desde su constitución, y valorar si hace falta cambiar el Real Decreto 402/2025 en el plazo de un año desde su constitución.
¿A quién afecta?
De momento, a nadie de forma directa: es un órgano de estudio sin capacidad de decidir. En el futuro, sus conclusiones podrían afectar a colectivos con ocupaciones o actividades profesionales con mayor presencia femenina y a quienes soportan penosidad sin altos índices de morbilidad o mortalidad, si se modifican los coeficientes reductores que permiten anticipar la jubilación. El grupo está formado por vocales de varios ministerios, patronal y sindicatos.
Fechas importantes
El texto no especifica la fecha de entrada en vigor de la orden. Los plazos que fija son: seis meses desde la constitución del grupo para estudiar las ocupaciones con penosidad sin altos índices de morbilidad o mortalidad, y un año desde su constitución para valorar si procede modificar el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo.
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